Violencia doméstica en el ejército de los EE. UU.

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La violencia doméstica en el ejército de los EE. UU. Se ha convertido en un foco de atención para el Departamento de Defensa a medida que ha aumentado la conciencia sobre el problema. La violencia doméstica es un problema complicado y cuando involucra a un miembro del servicio, la forma en que se maneja puede ser un proceso complejo y que la víctima tal vez no comprenda.

Violencia doméstica que involucra a civiles y miembros del servicio

El papel del ejército en un caso de violencia doméstica depende mucho de si el acusado es un miembro del servicio o un civil.

Si el abusador es un civil, el ejército no tiene control sobre el asunto. En la mayoría de los casos, todo lo que pueden hacer los militares es entregar información a las autoridades civiles. Los comandantes de las instalaciones tienen el poder de prohibir a los civiles el acceso a las instalaciones militares, y ejercerán ese poder para proteger a los miembros militares de los cónyuges civiles abusivos, si es necesario.

Si el abusador es un miembro del ejército, las situaciones de violencia doméstica se manejan en dos vías separadas: el sistema de justicia militar y el sistema de defensa familiar. Es importante darse cuenta de que estos son dos sistemas separados.

El sistema de defensa de la familia

La defensa de la familia es un programa de identificación, intervención y tratamiento, no un sistema de castigo. Es muy posible que el Comité de Defensa de la Familia devuelva un hallazgo de "abuso comprobado", pero No habrá pruebas suficientes legalmente admisibles para permitir el castigo bajo las disposiciones de las fuerzas armadas. justicia.

Por otro lado, uno debe darse cuenta de que el sistema de Defensa de la Familia no disfruta del derecho de confidencialidad bajo la ley militar (como con capellanes y abogados), y la evidencia recopilada, y las declaraciones hechas durante las investigaciones de Defensa de la Familia pueden usarse en la justicia militar actas.

Si los incidentes ocurren fuera de la base, las agencias civiles pueden tener jurisdicción en el lado legal, pero aún así se debe notificar a la Defensoría de la Familia. La policía local puede o no informar el incidente a los funcionarios de la base. Los funcionarios del Departamento de Defensa (DOD) están trabajando actualmente para desarrollar memorandos de entendimiento con las autoridades policiales civiles para establecer dichos procedimientos de denuncia.

Normativa y respuesta a denuncias

Las regulaciones requieren que los oficiales militares y del Departamento de Defensa denuncien cualquier sospecha de violencia familiar a la Defensoría de la Familia, sin importar cuán pequeña sea. Incluye comandantes, sargentos primeros, supervisores, personal médico, maestros y policías militares.

En muchos casos, al responder a una situación doméstica, el comandante o sargento primero ordenará la individuo militar a residir en el dormitorio / cuartel hasta que la investigación de Defensa de la Familia sea terminado. Puede ir acompañada de una orden de protección militar, que es una orden escrita que prohíbe al militar tener contacto con la presunta víctima. Muchas bases tienen un sistema de salvaguardia dependiente abusado, donde el primer sargento o comandante puede colocar a los miembros de la familia en alojamiento con un nombre falso.

Cuando se informa de violencia doméstica a la Defensoría de la Familia, la agencia asignará un asistente social para evaluar la seguridad de la víctima, desarrollar un plan de seguridad e investigar el incidente. Durante todo el proceso, los defensores de las víctimas se aseguran de que se satisfagan las necesidades médicas, de salud mental y de protección de la víctima. Los funcionarios de defensa de la familia también entrevistarán al presunto abusador. El presunto abusador es informado de sus derechos en virtud de las disposiciones del artículo 31 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) y no tiene que hablar con los oficiales de investigación si decide no hacerlo.

Si hay abuso infantil involucrado, las regulaciones requieren que las agencias locales de protección infantil sean notificadas y participen en el proceso.

Después de la investigación

Después de la investigación, el caso se presenta a un comité multidisciplinario de revisión de casos con representantes del Programa de Defensa de la Familia, las fuerzas del orden, el juez defensor del personal, el personal médico y capellán. El comité decide si la evidencia indica que ocurrió abuso y llega a uno de los siguientes hallazgos:

Fundamentado
Un caso que ha sido investigado y la preponderancia de la información disponible indica que se ha producido un abuso. Significa que la información que respalda la ocurrencia del abuso es de mayor peso o más convincente que la información que indica que el abuso no ocurrió.

Sospechado
La determinación del caso está pendiente de una mayor investigación. La duración de una investigación en un caso sospechoso no debe exceder las 12 semanas.

Sin fundamento
Un supuesto caso que ha sido investigado y la información disponible es insuficiente para respaldar la afirmación de que ocurrió abuso infantil y / o negligencia o abuso del cónyuge. La familia no necesita servicios de defensa familiar.

Definiciones de abuso del Comité de Defensa de la Familia

Al tomar determinaciones, el Comité utiliza las siguientes definiciones de abuso:

Abuso y / o negligencia infantil
Incluye lesiones físicas, maltrato sexual, maltrato emocional, privación de necesidades o combinaciones que dañan o amenazan el bienestar de un niño por parte de un individuo responsable del niño bienestar. El término engloba tanto los actos como las omisiones por parte de una persona responsable.
Un "niño" es una persona menor de 18 años para quien un padre, tutor, padre adoptivo, cuidador, un empleado de una instalación residencial o cualquier miembro del personal que brinde atención fuera del hogar sea legalmente responsable. El término "hijo" significa hijo natural, hijo adoptado, hijastro, hijo adoptivo o bajo tutela. El término también incluye a una persona de cualquier edad que es incapaz de mantenerse por sí mismo debido a una incapacidad mental o física y para quien el tratamiento en un centro de tratamiento militar (MTF) es autorizado.

Abuso del cónyuge
Incluye asalto, agresión, amenaza de herir o matar, otros actos de fuerza o violencia o maltrato emocional infligido a una pareja en un matrimonio legal cuando uno de los cónyuges es un miembro militar o está empleado por el Departamento de Defensa y es elegible para recibir tratamiento en un MTF. Un cónyuge menor de 18 años será tratado en esta categoría.

Basado en las recomendaciones del comité, el comandante decide qué acción tomar con respecto al abusador. El comandante determina si ordena al individuo recibir tratamiento y / o busca imponer procedimientos disciplinarios bajo la UCMJ. El comandante también puede tratar de obtener la baja del miembro del servicio militar.

Víctimas de abuso y carrera militar de un cónyuge

Las víctimas a menudo dudan en denunciar el abuso porque temen el impacto que tendrá en la carrera de su cónyuge. Un estudio del Departamento de Defensa encontró que los miembros del servicio denunciados por abuso tienen un 23 por ciento más de probabilidades de ser separados del servicio que los no abusadores y algo más propensos a tener descargas que no sean honorables. La mayoría de los que permanecen en el ejército tienen más probabilidades de ser promovidos más lentamente que los que no abusan.

Incluso si un caso de violencia doméstica se maneja fuera de base en el sistema de tribunales penales civiles, condena o incluso un delito menor que involucre violencia doméstica puede poner fin al ejército de un miembro del servicio carrera profesional; La Enmienda Lautenberg de 1996 a la Ley de Control de Armas de 1968 declara ilegal que cualquier persona que haya sido condenada por un delito menor de violencia doméstica posea armas de fuego. La ley se aplica a los agentes del orden y al personal militar.

Protección para cónyuges y dependientes

Muchos cónyuges militares no saben que la ley federal otorga protección financiera al cónyuge si el El miembro es despedido por un delito que involucra abuso del cónyuge actual o de un dependiente. niño. No importa si el despido es un despido punitivo impuesto por un consejo de guerra o un despido administrativo iniciado por el comandante. La clave es que el motivo del despido debe ser por un delito de abuso de dependientes.

El término "implica abuso del cónyuge en ese momento o un hijo dependiente" significa que el delito es contra la persona de ese cónyuge o un hijo dependiente. Los delitos que pueden calificar como "delitos de abuso de dependientes" son los de agresión sexual, violación, sodomía, agresión, agresión, asesinato y homicidio involuntario. (Esta no es una lista exhaustiva o exclusiva de delitos de abuso de dependientes, pero se proporciona solo con fines ilustrativos).

Pagos a las víctimas

La duración de los pagos no puede exceder los 36 meses. Si el miembro militar tenía menos de 36 meses de servicio militar obligado al momento de la baja o imposición de la sentencia de corte marcial, entonces la duración de los pagos será la duración del servicio obligado del miembro, o 12 meses, lo que sea es mayor.

Si un cónyuge que recibe pagos se vuelve a casar, los pagos terminan a partir de la fecha del nuevo matrimonio. El pago no se renovará si se termina dicho nuevo matrimonio. Si los pagos al cónyuge terminan debido a un nuevo matrimonio y hay un hijo dependiente que no vive en el mismo hogar que el cónyuge o miembro, los pagos se harán al hijo dependiente.

Si el miembro militar que cometió el abuso reside en el mismo hogar que el cónyuge o el hijo dependiente de quien la compensación es pagadera, el pago terminará a partir de la fecha en que el miembro comience a residir en dicho familiar.

Si la víctima era un hijo dependiente y se determina que el cónyuge ha sido un participante activo en la conducta que constituye el delito o haber ayudado o incitado activamente al miembro militar en tal conducta contra ese hijo dependiente, no se le pagará al cónyuge transitorio compensación.

Además de los beneficios de transición, si el miembro militar era elegible para la jubilación y se le negó la jubilación debido al delito, el cónyuge aún puede solicite a un tribunal de divorcios una división del pago de jubilados según las disposiciones de la Ley de protección del ex cónyuge de los servicios uniformados, y las fuerzas armadas cumplirán con los pagos. (Nota: Según esta disposición, dichos pagos terminan al volverse a casar).

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