Justificación y divulgación de donaciones para organizaciones benéficas

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Las organizaciones benéficas sin fines de lucro, designadas como 501(c)(3) por el IRS, deben cumplir con las reglas de dicha agencia a cambio de sus considerables ventajas fiscales. Entre esas reglas se encuentran regulaciones sobre cómo verificar las donaciones a los donantes y las divulgaciones que deben proporcionar.

Aunque el Ley de Empleos y Reducción de Impuestos (TCJA) aprobada en 2017 probablemente resultó en que muchos menos donantes utilizaran la deducción de impuestos caritativos, las obligaciones de organizaciones sin fines de lucro para fundamentar adecuadamente las donaciones y proporcionar ciertas divulgaciones a los donantes no han cambió.

La TCJA aumentó el umbral para la deducción estándar, por lo que la mayoría de los donantes la utilizarán en lugar de detallar sus deducciones.

Aunque el donante es responsable de garantizar que tenga la documentación adecuada para fundamentar una donación, el IRS Sugiere encarecidamente que las organizaciones benéficas ayuden a los donantes proporcionando reconocimientos adecuados en el momento oportuno. moda.

Ya sea que los donantes reciban o no una deducción fiscal por su donación, es importante que las organizaciones sin fines de lucro proporcionen la información adecuada y los traten a todos por igual.

A continuación se detallan las reglas más relevantes que rigen este aspecto de su recaudación de fondos.

Contribuciones Quid Pro Quo de más de $75

"Quid pro quo" significa un intercambio de bienes y servicios. El donante, en el caso de una organización sin fines de lucro, da algo y recibe algo a cambio. Por ejemplo, su donante podría darle $250 y luego recibir una cena en su gala anual. Pero la comida sólo cuesta 150 dólares. El resto de los $250 se considerará una donación.

Es importante informar al donante cuánto se designó como donación y cuánto fue el pago por el artículo recibido. Los donantes necesitan saber cuánto pueden deducir de sus impuestos sobre la renta si deciden detallar las deducciones.

Si su organización recibe una contribución de más de $75, por ejemplo, y luego le da al donante bienes o servicios a cambio (a veces llamado "prima de regalo"), debe proporcionar al donante una declaración de divulgación por escrito que incluya lo siguiente:

  • Una declaración de que el donante puede deducir, a efectos fiscales, sólo la diferencia entre el valor de la donación y el valor de cualquier prima de donación recibida.
  • Una estimación de buena fe del valor justo de mercado de la prima de regalo otorgada al donante a cambio de la donación. Puede utilizar cualquier método razonable para determinar el valor justo de mercado de la prima, siempre que lo haga de buena fe.

Ejemplo de declaración de divulgación

Su organización recibe $150 de un donante y usted les proporciona dos entradas para una actuación musical valorada en $50. Su declaración de divulgación diría:

"Gracias por su generosa donación de 150 dólares. Tenga en cuenta que solo la parte de su contribución que exceda el valor de cualquier obsequio que reciba es deducible de impuestos. El valor justo de mercado estimado de su regalo, dos entradas para un concierto, es de 50 dólares en total".

Debe proporcionar la divulgación cuando solicita un donante o cuando el contribuyente hace la donación.

En algunos casos, el obsequio recibido puede ser de "beneficio insustancial" según lo define el IRS. Dicho beneficio "simbólico" debe cumplir varios umbrales, tales como:

  • El valor justo de mercado del beneficio es inferior al 2 % de la donación o $106,00, lo que sea menor, o el pago es de al menos $53.
  • Los artículos proporcionados (como un calendario, una taza o un póster) deben llevar el nombre o el logotipo de la organización.
  • Y el costo de estos artículos está dentro del límite para “artículos de bajo costo”, que es de $10,60.

Por ejemplo, puede ofrecer una taza de café o un calendario con su logotipo como regalo de $100 o más. El valor del obsequio será de "beneficio insustancial". Asegúrese de consultar el sitio web del IRS para obtener información actualizada sobre esto, ya que la cifra puede cambiar según la inflación.

Contribuciones de $250 o más

Los donantes que aporten a su organización $250 o más pueden deducir una contribución caritativa de ese monto solo si tienen un reconocimiento por escrito de su donación por parte de su organización sin fines de lucro. Se espera que las organizaciones benéficas proporcionen información sobre estos obsequios. Los acuses de recibo podrán ser en papel o electrónicos.

Su declaración de divulgación debe contener:

  • El nombre del donante.
  • El nombre de la organización y su dirección.
  • Una confirmación de que la organización es una organización registrada 501(c)(3) y su número de identificación fiscal federal.
  • La fecha del aporte.
  • El monto de la contribución en efectivo.
  • Una descripción detallada (pero no el valor) de una contribución no monetaria
  • Una declaración de que la organización no proporcionó bienes o servicios a cambio de la contribución, si ese fuera el caso.
  • Para las organizaciones religiosas, se debe incluir una declaración de que se proporcionaron “beneficios religiosos intangibles” pero que no tienen valor monetario a efectos fiscales.
  • Una descripción y estimación de buena fe del valor de los bienes o servicios, si los hubiera, que una organización proporcionó a cambio de la contribución.
  • La firma de una persona autorizada o representante de la organización benéfica.

Los reconocimientos escritos deben ser oportunos y llegar a los donantes en el momento en que presenten sus declaraciones de impuestos para el año en que se realizó la donación. Una mejor práctica es que las organizaciones benéficas envíen acuses de recibo inmediatamente después de realizar la donación o a más tardar el 31 de enero del año siguiente a la donación.

¿Qué sucede si no sigue las reglas de fundamentación y divulgación?

Si no sigue las reglas de fundamentación y divulgación, puede perder la confianza de sus donantes. Necesitan verificación de sus donaciones y divulgaciones a efectos fiscales. Los recibos o cartas de acuse de recibo deben ser precisos e incluir toda la información necesaria.

Si a un donante se le niega una deducción de impuestos porque la organización benéfica no proporcionó una verificación adecuada, es probable que ese donante no regrese para apoyar a la organización benéfica y puede contarles a otros sobre sus errores.

Además, se exigen divulgaciones escritas para contribuciones quid pro quo de más de $75. Su organización benéfica podría enfrentar una multa de $10 por donación o hasta $5,000 por evento de recaudación de fondos o envío por correo.

La fundamentación de donaciones y divulgaciones es relativamente compleja. Asegúrese de que su personal de desarrollo y su contador comprendan las reglas completamente.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cómo pueden los donantes justificar sus donaciones ante el IRS cuando presentan sus impuestos?

Para donaciones de menos de $250, puede utilizar un cheque cancelado, un recibo de tarjeta de crédito, su registro bancario o un acuse de recibo de la organización benéfica que indique la fecha y el monto de la contribución. Cuando done a través de una deducción de nómina, conserve su talón de pago que muestre las contribuciones que realizó.

Para donaciones de $250 o más, debe tener un reconocimiento por escrito de la organización benéfica. El estado de cuenta puede ser por cada donación de ese monto o un resumen que la organización benéfica proporciona al final del año. La declaración debe incluir el monto y la fecha de su donación y las palabras "ningún producto o servicio recibido." Tan pronto como reciba cada acuse de recibo por escrito, por favor guárdelo en un lugar seguro hasta que presente tus impuestos. No es necesario que incluya la carta con su formulario de impuestos, pero debe presentarla si es auditado.

Por si acaso, conserve también el cheque cancelado, el recibo de su tarjeta de crédito o un extracto bancario que muestre las fechas y los montos.

Verificar Publicación 561 del IRS, Determinación del valor de la propiedad donada, para más detalles.

¿Pueden los voluntarios obtener una deducción fiscal por su trabajo voluntario?

Las personas que se ofrecen como voluntarias para una organización benéfica calificada (501c3) pueden deducir ciertos gastos. Los gastos deben ser no reembolsables, estar directamente relacionados con el servicio prestado, incurridos únicamente a causa del servicio voluntario y no ser gastos personales, de manutención o familiares.

Dichos gastos pueden ser gastos de viaje, como desplazamientos en transporte público o gasolina y mantenimiento de un automóvil. Algunos voluntarios también pueden deducir el costo de los viajes necesarios fuera de la ciudad, como comidas y hoteles.

No puede deducir el costo de su tiempo ni el valor de mercado de ningún servicio prestado.

Los voluntarios deben mantener buenos registros de kilometraje y gastos. Es posible que necesiten obtener una carta de la organización benéfica sobre su función de voluntario y la verificación de los viajes de larga distancia y su necesidad. Es posible que se requiera un reconocimiento de la organización benéfica para gastos de viaje que excedan los $250.

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