Cómo se protege a las familias de la discriminación en la vivienda

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El Ley Federal de Vivienda Justa protege a siete grupos específicos de personas. Las familias son un grupo que está protegido contra la discriminación en materia de vivienda en virtud de esta Ley. Conozca cómo la Vivienda Justa define a una familia, las acciones que se consideran discriminación y los derechos de una familia si siente que está siendo discriminada.

¿Cuándo se protegió el estatus familiar?

La Ley Federal de Vivienda Justa fue creada en 1968. Sin embargo, las familias no eran inicialmente una clase protegida según esta ley. El estatus familiar no se convirtió en una clase protegida según la Ley hasta 1988, 20 años después de su creación.

¿A quién protege el estado familiar?

Quizás se pregunte cómo define Vivienda Justa a una familia. Según su definición, para ser considerado parte de esta clase protegida, debes cumplir al menos uno de los siguientes criterios:

  • Padres que tengan uno o más hijos menores de 18 años viviendo con ellos.
  • Tutores legales que tengan uno o más hijos menores de 18 años viviendo con ellos.
  • La persona designada por el padre o tutor legal de un niño menor de 18 años. Esta designación debe haber sido hecha por escrito por el padre o tutor legal del niño.
  • Una persona en proceso de obtener la custodia legal de un niño menor de 18 años.
  • Mujeres embarazadas.

¿Pueden los propietarios designar una parte de sus edificios para familias?

No. Segregar una propiedad es una forma de discriminación en materia de vivienda. Los propietarios deben otorgar a todas las personas la posibilidad de alquilar un apartamento en cualquier parte del edificio. Cualquier posible inquilino debe tener derecho a vivir en cualquier unidad de la propiedad, siempre que cumpla con los estándares de calificación El propietario tiene para todos los inquilinos.

¿Pueden los propietarios cobrar alquileres más altos a los inquilinos con niños?

No. Los precios de alquiler deben fijarse en función del tamaño y la calidad del apartamento, no en función de quién vivirá en la propiedad.

Cobrar a las familias un alquiler más alto se consideraría una práctica de vivienda discriminatoria según la Ley de Vivienda Justa. Si bien un propietario podría creer que podría justificarse cobrar más dinero debido a la posible destrucción o ruido causados ​​por los niños, cualquier exclusión o condición especial impuesta a un grupo y no a otro es simplemente discriminación.

¿Pueden los propietarios negarse a alquilar apartamentos en pisos superiores a familias?

Si tiene un apartamento en un piso más alto de un edificio, es posible que se muestre reacio a alquilarlo a una familia. Sin embargo, esta no es una limación que usted pueda colocar en la propiedad. Depende de la familia decidir si se sienten cómodos viviendo en un piso más alto. Es posible que le preocupe que los niños se caigan desde ventanas o balcones en pisos superiores, pero siempre y cuando su propiedad cumpla con los códigos y Si ha seguido todas las leyes de seguridad, como protectores de ventanas si es necesario, es responsabilidad de los padres proteger a sus hijos de dañar.

Además, nunca intente disuadir a una mujer embarazada o a una familia con niños pequeños de alquilar un apartamento sin ascensor en un piso más alto porque les resultaría demasiado difícil. Cualquier consejo de este tipo se consideraría discriminatorio. Si tiene inquietudes sobre quejas de ruido, considere instalar alfombras.

¿Puedo negarme a alquilarle a una familia si mi propiedad tiene riesgos conocidos de pintura con plomo?

No. Los propietarios no pueden negarse a alquilarle a una familia porque se conocen peligros de pintura a base de plomo en su propiedad. Esto se considera discriminación.

El propietario es responsable de proporcionar al posible inquilino el formulario de divulgación de pintura con plomo, que le informará sobre cualquier peligro conocido. Luego, el posible inquilino debe tomar su propia decisión sobre permitir que sus hijos vivan en un apartamento con riesgos conocidos.

Exenciones de las normas de vivienda justa para familias

Sí. Hay ciertas comunidades que no están obligadas a permitir que las familias vivan en su propiedad y no se considera ilegal. Las propiedades que se consideran viviendas para personas mayores no tienen que permitir la entrada a familias con niños. Éstas incluyen:

  • Comunidades que han sido creadas bajo un programa gubernamental y aprobadas por el secretario de HUD como diseñadas y ocupadas por personas mayores.
  • Edificios en los que todas las personas en el edificio tienen 62 años de edad o más.
  • Propiedades en las que el ochenta por ciento de las unidades ocupadas del edificio tienen al menos una persona de 55 años o más. El edificio también debe estar destinado a albergar a personas de 55 años o más.

Ejemplos de declaraciones discriminatorias en anuncios

  • "No se permiten niños"
  • "Sólo para adultos"
  • "Nadie menor de 18 años"

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